Taller de Empleo

Pendiente comienzo Taller Empleo 2015

Resolución aprobada para 2015: Taller de Empleo Sant Josep II

Especialidades:

1. Actividades de Venta (COMV0108)
2. Fábricas de Albañilería (EOCL01ET)

 

Proceso selectivo Personal Taller de Empleo:

Puestos Ofertados:

  • Director/a del Taller de Empleo
  • Profesor/a de apoyo al 50% de la jornada
  • Auxiliar administrativo/a al 50% de la jornada
  • Monitor/a de albañilería
  • Monitor/a de Técnicas de Venta.

 

 

Plazo de Presentación de Solicitudes:

14 de septiembre de 2015 hasta el día 18 de septiembre de 2015, ambos incluidos.

Lugar de Presentación de Solicitudes:

Registro de Entrada del Ayuntamiento de la Vall d’Uixó

También podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la ley 4/99, de 13 de enero, BOE núm. 12 de 14/01/99), en cuyo caso la persona interesada deberá comunicarlo a la Comisión de Valoración, adjuntando copia de toda la documentación presentada, al correo electrónico tallerempleo2015@lavallduixo.es

El resto de requisitos, el baremo de méritos de la Comisión Mixta, lugar, día y hora de realización de baremación y de la entrevista podrán ser consultador en el tablón de edictos municipal (Pl. del Centre, núm.1) y en la página web www.lavallduixo.es

 

Listado Fase de  Concurso y Convocatoria de Entrevistas

Anuncio Convocatoria para Entrevista Alumnos Taller de Empleo 2015

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Orden 4/2014, de 30 de diciembre, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se regula y convoca el Programa de Talleres de Empleo para el ejercicio presupuestario 2015, como iniciativa de formación dual en el marco del Plan de Empleo conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas.

El Programa de Talleres de Empleo se configura como un programa mixto de empleo y formación, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, que tiene como objeto mejorar la ocupabilidad de las personas desempleadas incluidas en los colectivos a los que va dirigido, mediante la realización de obras o servicios de interés general y/o social que posibiliten al alumnado trabajador la realización de un trabajo efectivo mediante el contrato para la formación y el aprendizaje, que junto con la formación profesional ocupacional recibida, procure su cualificación profesional y favorezca su inserción laboral.

Personas destinatarias:
Las personas destinatarias de este programa deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:
Tener 25 años o más.

  • Ser desempleadas, entendiéndose como tales a las demandantes de empleo no ocupadas registradas en el Servef.
  • Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.

Con carácter general, y siempre que cumplan los requisitos mínimos exigidos, tendrán la consideración de colectivos prioritarios:

  • Las mujeres. En especial las víctimas de violencia de género.
  • Las personas con discapacidad.
  • Las personas en situación o riesgo de exclusión social.
  • Las personas mayores de 55 años.
  • Las personas con baja cualificación.
  • Las personas en paro de larga duración

Los talleres de Empleo tendrán una duración de seis meses y se desarrollarán en una única fase de 960 horas de formación en alternancia con el trabajo o la práctica profesional, que también estará dirigida al aprendizaje, la cualificación y adquisición de experiencia profesional. En el caso de que el proyecto contemple especialidades dirigidas  a la obtención de un certificado de profesionalidad completo, deberá cumplir todos los requisitos establecidos en el  Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y lan Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, que lo desarrolla, y su duración será 9 meses con 1440 horas de formación en alternancia con el trabajo o la práctica profesional.
El alumnado será contratado por las entidades beneficiarias utilizando exclusivamente el contrato para la formación y el aprendizaje regulado en el artículo 11.2 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y desarrollado por el real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre.
La duración de los contratos de trabajo suscritos con el alumnado trabajador no podrá exceder a la fecha de finalización del proyecto.
En todo caso, los talleres deberán iniciarse antes del 30 de noviembre de 2015 y finalizar de acuerdo con la duración establecida en el artículo 5.1 de la presente orden.

Para más información pincha aquí

 

 

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