SUBVENCIÓN DE FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO EMPRENDEDORES 2022

CUANTÍAS:

a) 2.500 € para personas desempleadas en general.
b) 3.000 € para personas desempleadas menores de 30 o mayores de 45 años.
c) 3.500 € para personas desempleadas con diversidad funcional.
d) 4.500 € para mujeres desempleadas víctimas de violencia sobre la mujer.
Los importes establecidos en las letras a), b) y c) se incrementarán en 500 € en el caso de las mujeres.
(Condicionado a la existencia de crédito presupuestario. Las solicitudes desestimadas no se imputan a ejercicios posteriores)


REQUISITOS:


1. Haber iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2022. A estos efectos se considerará como fecha de inicio la que conste en el documento de Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios (Modelos 036 o 037).
2. Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA hasta el inicio de la actividad.
3. Figurar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente con carácter previo a la presentación de la solicitud.
4. No haber figurado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los 6 meses anteriores al inicio de la actividad.
5. Desarrollar la actividad de forma independiente.
6. No haber sido beneficiario en los 3 ejercicios anteriores de otras subvenciones del Servicio Valenciano de Empleo y Formación por constitución como autónomo.
7. El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera:

-proyectos que ofrezcan novedad/mejora sobre productos o servicios existentes

-actividades que se detecte falta de oferta en el territorio

-ideas de negocio, en sectores maduros, que den respuesta a necesidades no
cubiertas


OBLIGACIONES:


 Mantener la actividad por cuenta propia y el alta en el RETA durante un tiempo mínimo de 12 meses.


OBSERVACIONES

 Quedan excluidas las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como el personal miembro de comunidades de bienes y personal autónomo colaborador.


TRAMITACIÓN Y PLAZO

 La solicitud se presentará preferentemente de forma telemática en la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través de: “EAUTOE 2022 Ayudas a personas desempleadas que accedan a su empleo a través de la creación de actividad empresarial como personal trabajador autónomo en proyectos innovadores”. En la página web de LABORA http://www.labora.gva.es/ciutadania/busque-ajudes-subvencions/ajudes-foment-de-l-ocupacio podrá encontrar la información y el acceso.
 Sin perjuicio de poder presentarla en la Dirección Territorial de LABORA (C/Historiador Viciana, 8 – Castellón) y restantes lugares previstos en la normativa de procedimiento administrativo común.
 De 22 de marzo a 30 de junio de 2022 y siempre en el plazo de dos meses desde la fecha de inicio que conste en la Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios


NOTA: El presente texto tiene mero valor informativo, por lo que deberá estarse, en cualquier caso, a lo dispuesto en la Orden de 18/2017 de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento del empleo dirigido al emprendimiento (DOCV 29/09/2017) y Resolución de 28 de diciembre de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones destinadas al Programa de fomento del trabajo autónomo (DOCV 21/03/2022).

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